🦺 ART · Riesgos del Trabajo

ART para tu empresa sin vueltas

Cumplí con la ley, protegé a tus empleados y mantené tu actividad al día. Te asesoramos en todo el proceso de alta y mantenimiento.

Coberturas que incluye

La ART cubre por ley a todos tus empleados ante accidentes laborales y enfermedades profesionales.

🏥

Atención médica

Cobertura completa de la atención médica, farmacéutica y hospitalaria del trabajador accidentado, sin límites.

💰

Pago de salarios

La ART cubre el salario del empleado durante el período de incapacidad temporal, sin que vos tengas que pagarlo.

⚖️

Indemnización por incapacidad

Pagos por incapacidad permanente parcial o total según los baremos legales. Y por fallecimiento a los derechohabientes.

🛡️

Prevención y capacitación

Capacitaciones, asesoramiento en seguridad e higiene y prevención de accidentes. Incluido en la cuota.

Por qué contratar tu ART con Mastandrea

El laburo no termina en la contratación. Te acompañamos todos los meses.

Alta inmediata

Te emitimos la cobertura en 24-48 horas. Cumplís con AFIP y la SRT desde el día uno.

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Gestión mensual

Manejamos las altas, bajas y modificaciones de tu nómina. Vos te dedicás a tu negocio.

⚖️

Acompañamiento en siniestros

Si tenés un accidente laboral, nos ocupamos de toda la gestión con la ART y el seguimiento médico.

Trabajamos con Prevención ART

Una de las ART líderes del país, con respaldo y cobertura nacional.

PREVENCIÓN ART

Preguntas frecuentes

Lo que más consultan empleadores antes de contratar.

¿Es obligatoria la ART?

Sí. La Ley 24.557 obliga a todo empleador con personal en relación de dependencia a contratar una ART. Es un requisito laboral, fiscal y de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

¿Cuánto cuesta la ART?

La cuota se calcula sobre el salario bruto de cada empleado, con una alícuota fija (porcentaje) más una suma fija mensual. La alícuota depende del rubro de la actividad y del nivel de siniestralidad de tu empresa.

¿Cubre los accidentes camino al trabajo (in itinere)?

Sí, la ART cubre tanto los accidentes en el lugar de trabajo como los que ocurren durante el trayecto entre el domicilio del empleado y el trabajo (in itinere), siempre que no haya interrupciones por motivos personales.

¿Y las enfermedades profesionales?

También están cubiertas. La SRT mantiene un listado de enfermedades reconocidas como profesionales según la actividad. Si la enfermedad está en ese listado y es atribuible al trabajo, la ART debe cubrirla.

¿Qué pasa si tengo un solo empleado o personal eventual?

La ART es obligatoria desde el primer empleado en relación de dependencia. Para personal eventual o por temporada también aplica. Te ayudamos con el alta y la documentación correcta.

¿Listo para contratar tu ART?

Cumplí con la ley sin perder tiempo. Te ayudamos con el alta, la gestión mensual y el seguimiento de siniestros.